El Dr. Antonio Ruiz, del Instituto Español de Medicina Hiperbárica, habla sobre el último comunicado de la UHMS, donde se menciona que las cámaras hiperbáricas de baja presión no cumplen los criterios de eficacia y seguridad para hacer un tratamiento de OHB.

El número de cámaras hiperbáricas va en aumento en todo el mundo, y con él, aumenta también la confusión del paciente que busca beneficiarse de este tipo de terapias.

 

Tras una sencilla búsqueda en internet aparecen gran cantidad de instalaciones y precios que discrepan mucho entre ellos.

La UHMS (Undersea and Hyperbaric Medical Society) ha publicado un comunicado mediante el cual quiere aclarar algunas de las dudas que puedan surgir en torno a este tema, y aún más, pretende impulsar un mayor control por parte de las autoridades competentes para regular este creciente mercado de forma responsable, comenta el Dr. Ruiz.

 

La UHMS, como máximo referente en cuanto a Medicina Hiperbárica a nivel internacional especifica que las cámaras hiperbáricas de baja presión no cumplen con los códigos de seguridad existentes. Sólo están aprobados por la FDA (Food and Drug Administration) para el uso en caso del mal de altura como dispositivo médico de Clase II.

 

Algunas de las diferencias en cuanto a instalación, seguridad y eficacia del tratamiento son las que describe la UHMS en su web, y resumimos desde el Instituto Español de Medicina Hiperbárica:

 

  • El escape de una cámara hiperbárica debe canalizarse al exterior del edificio donde está instalada, estos dispositivos de baja presión expulsan al propio ambiente de la habitación.

 

  • La instalación de una cámara hiperbárica requiere de trámites administrativos con la Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma y del Ayuntamiento, así como unos permisos y unos criterios que han de cumplir las instalaciones.

 

  • Estas cámaras se valen de concentradores de oxígeno que pueden aumentar el porcentaje de oxígeno dentro de la cámara en más de un 23,5%, límite que pone la norma NFPA 99, que especifica que las cámaras hiperbáricas, es decir, con aumento de presión, con más de un 23,5% de oxígeno deben conectar el paciente a tierra. Esta medida de seguridad nunca se cumple en estos dispositivos, y aún más, es descabellado permitir entrar con dispositivos electrónicos como el ordenador, la tablet o el móvil.

 

Estos son algunos ejemplos de por qué desde la UHMS, y el Instituto Español de Medicina Hiperbárica suscribe, no se apoya el uso de cámaras de baja presión para otra cosa que no sea el mal de altura.

 

Y recordamos, la definición de Oxigenoterapia Hiperbárica Clínica significa respirar Oxígeno al 100% a presiones superiores de 1,5 ATA. Las cámaras de baja presión no son capaces de proporcionar ese porcentaje de oxígeno ni ese nivel de presión.

 

Más información: www.uhms.org, www.fda.gov, www.nfpa.org